El 13 de octubre de 2026 el Senado aprobó la reforma a la Ley Aduanera que elimina el umbral de 50% de subvaluación que se exigía para embargar una importación de forma precautoria; con el aval de ambas cámaras, entra en vigor el 1 de enero de 2027. Así lo informó el Senado de la República, que turnó el decreto al Ejecutivo.
En corto: a partir de 2027, una diferencia menor entre el valor que declaras y el que determina la autoridad puede bastar para que tu mercancía se quede en la aduana. Para una marca que vende en línea, eso es inventario que no llega a tu almacén.
La noticia, con fechas
- 8 de septiembre de 2026. El Ejecutivo presentó la iniciativa como parte del Paquete Económico 2027, según Infobae.
- 6 de octubre de 2026. La Cámara de Diputados la aprobó (Bloomberg Línea), con 334 votos a favor y 119 en contra en lo general (Infobae).
- 13 de octubre de 2026. El Senado la aprobó con 66 votos a favor, 37 en contra y una abstención en lo general, y 66 a favor y 34 en contra en lo particular (Senado).
- Al 19 de octubre de 2026 sigue pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación (revisamos las ediciones del 13 al 19).
La reforma toca los artículos 144, 151, 153, 154, 177 y 185 de la ley, además del artículo segundo transitorio (TaxToday México).
Qué cambia a partir del 1 de enero de 2027
La subvaluación es declarar un valor menor al que legalmente corresponde. El valor de transacción es, en simple, el precio pagado o por pagar por la mercancía; de él parte el valor en aduana, base de tus impuestos de importación. Y el embargo precautorio es la retención de tu mercancía por la autoridad mientras se aclara si el valor era correcto: mientras dure, no la puedes vender.
| Tema | Hasta el 31 de diciembre de 2026 | Con la reforma |
|---|---|---|
| Embargo precautorio por subvaluación (art. 151, fracción VII) | Procede si el valor declarado es inferior en 50% o más al de mercancías idénticas o similares | Se elimina ese umbral (Senado) |
| Garantía por precios estimados (art. 86-A) | Si la otorgaste, no procedía el embargo por esta causa | Se elimina esa excepción (TaxToday México) |
| Sustituir el embargo con garantía (art. 154) | Ya era posible (TaxToday México) | Diferencia menor a 20%: depósito en efectivo o cuenta aduanera de garantía. De 20% o más: solo efectivo (Bloomberg Línea) |
| Presunción de infracción en regímenes que difieren el pago (art. 177, fracción XII) | Diferencia de 50% o más | Diferencia de 20% o más (Senado) |
Lo que todavía no se sabe: el nuevo porcentaje
Eliminar el 50% no significa que cualquier diferencia dispare un embargo. Antes de que la reforma entre en vigor deben publicarse disposiciones administrativas que precisen las mercancías, los procedimientos y, en su caso, los porcentajes aplicables, explicó el Senado. El plazo para publicarlas en el DOF vence el 31 de diciembre de 2026 (TaxToday México).
El umbral ya no estará en la ley: lo fijará la autoridad por regla, incluso por tipo de mercancía (TaxToday México). Parte de la oposición votó en contra justo por eso: considera que deja demasiada discrecionalidad a la autoridad (Senado).
Si leíste que el umbral "bajó de 50% a 20%", se mezclaron dos cosas. El 20% es el nuevo umbral de presunción de infracción del artículo 177 —para regímenes que difieren el pago de impuestos, como IMMEX o depósito fiscal (EY)— y el corte para sustituir el embargo. El umbral del embargo por subvaluación no baja: se elimina.
Qué significa para tu operación si importas inventario
- Declara el valor real de transacción. Lo que pagaste, no lo que "conviene" que diga la factura. La holgura que daba el 50% desaparece.
- Ten el expediente de valor completo. Factura comercial, comprobante de pago al proveedor, flete y seguro. Si tu precio está por debajo del mercado por una liquidación o un descuento por volumen, guarda la orden de compra o el correo donde se pactó: con eso acreditas el valor si te lo cuestionan.
- Prevé el efectivo. Si la diferencia es de 20% o más, solo liberas la mercancía con un depósito en efectivo por los impuestos de esa diferencia (Bloomberg Línea). Ese dinero sale de tu flujo mientras se resuelve.
- Un embargo es un quiebre de stock. Lo retenido no se vende. Para embarques que lleguen desde enero de 2027, calcula un colchón para tus SKUs importados con cómo calcular el inventario de seguridad.
- Habla con tu agente aduanal antes de diciembre. Es quien, con su patente, despacha tu mercancía y transmite el pedimento, la declaración donde va el valor (ver cómo leer un pedimento de importación). Pídele que revise tus valores recurrentes y te avise cuando salgan las reglas; si no sabes qué esperar de él, lee qué hace un agente aduanal.
Lo que un 3PL hace y lo que no
Por honestidad: un 3PL no corrige una valoración aduanera. En Ecommex no somos agente aduanal ni recinto fiscalizado: el valor lo declaras tú con tu agente, y la responsabilidad es del importador.
Lo que sí hace nuestro servicio de importación: coordinamos con agentes aduanales, navieras y transportistas; tus pedimentos, facturas y certificados quedan en tu portal; y recibimos la mercancía en nuestro CEDIS de Zapopan, contándola contra la factura comercial. No sustituye a tu agente, pero tus documentos quedan en orden y sabes pronto si lo que llegó coincide con lo facturado.
Preguntas frecuentes
¿La reforma ya está vigente? No. La aprobó el Congreso, pero al 19 de octubre de 2026 seguía pendiente de publicarse en el DOF. Entra en vigor el 1 de enero de 2027 (Senado).
¿Desde qué diferencia de valor me pueden embargar? Todavía no se sabe: lo definirán las disposiciones administrativas, que deben publicarse a más tardar el 31 de diciembre de 2026 (TaxToday México).
¿Puedo recuperar la mercancía embargada? Sí, sustituyéndolo con garantía. Con una resolución favorable, se libera la garantía o se devuelve el depósito (Senado).
Si tu marca importa inventario y necesitas que alguien lo reciba, lo cuente contra factura y lo tenga listo para surtir en México, así trabajamos la importación de inventario para e-commerce.