Qué es la carta porte
La carta porte es un complemento del CFDI (la factura electrónica) que ampara el traslado de mercancía dentro de México y acredita que quien la mueve la tiene legalmente. No es un documento aparte: se agrega a una factura electrónica y viaja con el embarque. Si te detienen en carretera y no la traes, el problema no es del camión: es de la mercancía.
La versión vigente es la 3.1, obligatoria desde el 17 de julio de 2024, cuando sustituyó a la 3.0. Los requisitos y el instructivo de llenado los publica el SAT, y se han ido ajustando desde su primera versión en 2021.
Para una marca que vende en línea, esto aparece en tres momentos concretos: cuando mandas inventario a tu operador logístico, cuando mueves producto entre bodegas y cuando devuelves mercancía a un proveedor.
Quién tiene que emitirla
Aquí es donde se confunde casi todo el mundo. La obligación no es solo del transportista:
| Figura | Qué emite |
|---|---|
| El dueño de la mercancía que la mueve con sus propios medios | CFDI de traslado con complemento carta porte |
| El transportista que cobra por el servicio | CFDI de ingreso con complemento carta porte |
| El intermediario logístico que coordina el traslado | CFDI con complemento, según su participación |
Es decir: si tu marca contrata a un tercero, la carta porte la emite el tercero. Pero si tú mueves tu propio producto en tu propia camioneta —del taller a la bodega, de la bodega a la feria— la obligación es tuya.
Quedan fuera los traslados locales que no pasan por tramos de jurisdicción federal. La frontera entre "local" y "federal" no siempre es obvia: un trayecto corto que toma una carretera federal ya entra.
Qué pasa si va mal o no va
El Código Fiscal de la Federación sanciona la omisión y los errores en el complemento en su artículo 84, fracción IV. Los montos se actualizan cada año; para 2026 las publicaciones especializadas ubican el rango entre 19,700 y 112,650 pesos por traslado (Facture, IDNube). Antes de tomar cualquier decisión con esos números, conviene confirmarlos contra el CFF vigente: la cifra exacta cambia con la actualización anual.
Más allá de la multa, el riesgo operativo es peor: la mercancía se puede detener. Un embarque parado en un punto de revisión no solo llega tarde; ocupa un camión, dispara reprogramaciones y —si eran pedidos de clientes— se convierte en cancelaciones.
Los tres errores que más vemos
- Datos que no coinciden con la realidad. Peso, número de piezas, tipo de mercancía y domicilios deben describir el embarque real. Un complemento "aproximado" es un complemento mal emitido.
- Asumir que el transportista se encarga siempre. Solo lo hace cuando él presta el servicio. En traslados propios y en algunos esquemas de intermediación, la responsabilidad se queda contigo.
- Descubrirlo el día del embarque. Emitir el complemento requiere datos que no siempre están listos (claves de producto, unidades de medida, RFC del receptor). Si se resuelve el mismo día, se resuelve mal.
Qué cambia si operas con un 3PL
Cuando tu inventario vive en un operador logístico, la documentación fiscal del traslado deja de ser un pendiente que resuelves entre pedidos: es parte del flujo. En la práctica esto significa tres cosas.
Primero, los datos del producto están cargados desde la entrada: claves, unidades, pesos y dimensiones se capturan cuando la mercancía se recibe, no cuando sale corriendo. Segundo, el traslado lo hace quien tiene la obligación de emitir el complemento. Y tercero, queda rastro documental: qué salió, cuándo, a nombre de quién y con qué amparo.
No es un tema glamoroso. Pero es la diferencia entre una operación que puede demostrar dónde estuvo cada caja y una que confía en que nadie pregunte.
Preguntas frecuentes
¿La carta porte sustituye a la factura? No. Es un complemento que se agrega a un CFDI. Sigue habiendo factura; lo que cambia es que esa factura ahora incluye la información del traslado.
¿Aplica si mando un paquete por paquetería? En envíos de paquetería la empresa transportista es la responsable de la documentación del traslado. Donde sí te toca a ti es en los movimientos de inventario: llevar producto a la bodega, moverlo entre almacenes o regresarlo a un proveedor.
¿Y si mi traslado es dentro de la misma ciudad? Los traslados locales que no usan tramos de jurisdicción federal quedan fuera. El matiz es que muchos trayectos "locales" sí toman una carretera federal en algún punto; conviene revisar la ruta real, no la distancia.
¿Cada cuánto cambian las reglas? El complemento ha tenido varias versiones desde 2021 y el SAT ha ajustado el instructivo de llenado en el camino. Es un tema que conviene revisar al menos una vez al año.
Mover mercancía en México dejó de ser solo un asunto de camiones: es un asunto de datos correctos en el momento correcto. Si prefieres que el traslado, la documentación y el inventario vivan en un mismo lugar, revisa nuestro 3PL en México o cómo funciona nuestra última milla nacional.